viernes, 20 de mayo de 2011

ETAPAS PARA ACCEDER A RECURSOS DEL FONDO EMPRENDER








ETAPAS. 




     1.  FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO

     2. CONVOCATORIA

     3. REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO

     4. EVALUACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO 












1. FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO



Los Centros de Formación del SENA, las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas y demás entidades públicas o privadas que asuman el compromiso de asesorar planes de negocios en forma gratuita, bajo los parámetros y la metodología del Fondo Emprender, conformarán Unidades de Emprendimiento con el fin de garantizar su viabilidad y su consecuente registro en el Sistema de Información de las iniciativas empresariales presentadas y aprobadas.
Será responsabilidad exclusiva de las Unidades de Emprendimiento verificar el cumplimiento de la condición de beneficiario, de conformidad con las normas vigentes; dicha verificación será requisito indispensable para iniciar la asesoría respectiva.

Las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas, y demás entidades públicas o privadas, diferentes a los Centros de Formación del SENA, deberán presentar un certificado de compromiso al SENA en el que conste su disposición y disponibilidad para realizar de forma gratuita la asesoría y acompañamiento, tanto en la etapa de formulación del plan de negocio, como durante la ejecución del mismo.

Una vez se presente el certificado al Coordinador del Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender de la Dirección General del SENA para su análisis y aprobación, éste oficiará al Gerente Administrador de recursos del Fondo Emprender, como administrador del Sistema de Información, para que ordene a quien corresponda activar a la institución en el sistema y se le asigne la clave de acceso, con la cual podrá participar en la asesoría y acompañamiento permanente de los planes de negocios.

En el evento en que se establezca que se ha incumplido con los compromisos adquiridos con el SENA, no se podrán presentar nuevos proyectos al Fondo Emprender. Los beneficiarios podrán presentar sus proyectos a través de otras Unidades de Emprendimiento activas en el Sistema.



2. CONVOCATORIA



El Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, en su calidad de Consejo de Administración del FONDO EMPRENDER – FE, fijará los términos y condiciones de la convocatoria pública para el registro de planes de negocio de los emprendedores.

El Gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER, será el responsable del desarrollo de la convocatoria pública para el registro y postulación de los planes de negocio.

Cada convocatoria contendrá, como mínimo, las fechas de apertura y cierre; cronograma de la convocatoria; quiénes pueden participar: marco jurídico; tipología de los planes de negocio a presentar; criterios de evaluación; monto de financiación; disponibilidad presupuestal; desembolso de recursos; procedimiento para participar en la convocatoria; mecanismos para el registro de planes de negocio; proceso de ejecución, supervisión y control; mecanismos de información y cobertura geográfica (nacional, por región, departamento o distrito capital).

Al cierre de cada convocatoria, el Gerente Administrador de Recursos del Fondo Emprender, levantará un Acta en donde certifique el número y el listado de planes de negocio inscritos a través del sistema de información del FONDO EMPRENDER; dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cierre, se publicará en la página web el listado de los planes de negocio que quedaron inscritos.






3. REGISTRO Y PRESENTACION DE PLANES DE NEGOCIOS



Los planes de negocio que opten por recursos del FONDO EMPRENDER deberán ser registrados y presentados a través del Sistema de Información del Fondo, al cual podrán ingresar por la página Web www.fondoemprender.com; según las condiciones que para tal fin establezca el Consejo Directivo del SENA en cada convocatoria. En esta etapa se deben cumplir las siguientes sub-etapas:


-  Acreditación de condiciones de beneficiarios: 

El emprendedor o asociado debe acreditar ante la unidad de emprendimiento su calidad de beneficiario o asociado conforme al reglamento interno del Fondo Emprender, a través de los formatos expedidos por el Gerente administrador de los recursos del Fondo Emprender, acreditando entre otros los siguientes requisitos :

• No haber sido beneficiario(s) del Fondo Emprender o haber recibido recursos de éste.

• No haber recibido recursos del Programa Nacional de apoyo y fortalecimiento de incubadoras de empresas (Ley 344 de 1996).

• Que la formación certificada con base en los parámetros del artículo 2 del Acuerdo 7 de 2005 y sus adiciones o modificaciones, tenga relación con el plan de negocio.

• Haber recibido la aprobación técnica para su plan de negocio, por parte de la unidad de emprendimiento de las instituciones de que trata el Artículo 10 del Acuerdo 7 de 2005 y sus adiciones o modificaciones.

• No estar incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la ley para contratar con el Estado.

• Señalar la dedicación de los beneficiarios al proyecto, la cual se debe expresar claramente en la formulación del plan de negocio, indicando si es dedicación de tiempo completo o de tiempo parcial. Para el caso de tiempo parcial se debe indicar el número de horas mensuales dedicadas al proyecto.


- Asesoría para formulación del plan de negocio:

Los emprendedores acreditados como beneficiarios deben presentar su iniciativa empresarial ante los Centros de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Incubadoras de Empresas e instituciones de Educación aprobadas por el Estado y las demás instituciones que estén inscritas ante el SENA y registradas en el sistema de información del Fondo Emprender.

El personal encargado de dar asesoría permanente durante la elaboración de los planes de negocio, determinará si la iniciativa es susceptible de financiación con recursos del Fondo Emprender, acorde con lo establecido por las normas que lo reglamentan, y una vez proceda a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por las normas que lo acreditan como beneficiario, diligenciará un registro en el sistema de información del FONDO EMPRENDER, digitando el nombre del proyecto, descripción básica, los nombres, identificación, correos electrónicos de los emprendedores y curso que lo acredita como beneficiario.

Es requisito indispensable contar con un correo electrónico activo y accesible para poder trabajar en el sistema de información.






- Aval o formalización del Plan de Negocio (Aprobación técnica)

El sistema genera en forma automática y aleatoria la clave de acceso de cada uno de los emprendedores, enviándola al correo electrónico registrado por los que participan en la iniciativa empresarial, ya sea de manera individual o asociativa.

El plan de negocio deberá ser diligenciado completamente en el formulario establecido en el sistema de información del Fondo Emprender, el cual podrá ser diligenciado en línea o descargando el aplicativo diseñado para tal fin. (En este último caso una vez completado el plan debe ser cargado nuevamente en el sistema de información).

El emprendedor podrá suscribir con el asesor un acuerdo de confidencialidad sobre la información del plan de negocio. Cuando el asesor considere que cumple con los requerimientos establecidos por el Fondo Emprender procederá a presentarlo ante el jefe o coordinador de la unidad de emprendimiento del Centro deformación del SENA, incubadoras de empresas, institución de educación reconocidas por el Estado y las entidades públicas o privadas que asuman el compromiso de asesorar planes de negocio en forma gratuita, bajo los parámetros y la metodología del Fondo Emprender.

La aprobación técnica o formalización del plan de negocio es preliminar y se determina como el aval institucional para presentar el plan de negocio a la convocatoria. Debe hacerse solamente cuando sea superada la etapa de formulación del plan de negocio y se considere que cumple con las condiciones de calidad, viabilidad y de beneficiarios requeridas por el Fondo Emprender.


- Conformación del plan de negocios.

 La Plataforma del Sistema de Información del Fondo Emprender esta compuesta en cada Plan de Negocios por los siguientes módulos:

* Modulo de Mercado: Contiene la información correspondiente a los objetivos del proyecto, su justificación, sus antecedentes, la investigación de mercado, las estrategias de mercado y las proyecciones de ventas.

* Modulo de Operación: Incluye la forma de operación del negocio, el plan de compras, los costos de producción y la infraestructura requerida del proyecto.

* Modulo de Organización: El Modulo de organización presenta la estrategia organizacional del proyecto, la estructura organizacional, los aspectos legales a cumplir y los costos administrativos.

* Modulo de Finanzas: Analiza los ingresos, los egresos y el capital de trabajo del proyecto soportado con sus estados financieros.

* Modulo Plan Operativo: Presenta la forma como el emprendedor utilizará los recursos aprobados del Fondo Emprender y los propios descritos en forma mensual. Este documento contendrá en forma detallada la periodicidad con que la empresa requiera que se realice por parte del administrador de los recursos el desembolso correspondiente.

* Modulo de Impacto: Describe los impactos del proyecto a nivel económico, social y ambiental.

* Modulo de Resumen Ejecutivo: Contiene los principales aspectos del proyecto y el equipo de trabajo que desarrollará el proyecto.

* Modulo de Anexos: Permite adjuntar archivos que complementen cualquier información adicional de los módulos expuestos.







4. EVALUACIÓN DE PLANES DE NEGOCIOS



Verificación y Acreditación de Calidades de Beneficiario: El Gerente administrador de los recursos del Fondo Emprender, deberá verificar la documentación enviada por las unidades de emprendimiento sobre el cumplimiento de los requisitos del beneficiario. Solo pasaran a la  etapa de evaluación aquellos planes de negocio que estén debidamente acreditados.
El proceso de evaluación de los planes de negocio registrados en el Sistema de Información del FONDO EMPRENDER, estará a cargo de los evaluadores seleccionados por el Gerente administrador de recursos del Fondo y tiene por objeto, establecer:

Es viable técnica, económica, y jurídicamente.

Cuando el plan de negocio posee las características necesarias asociadas al tipo de negocio a desarrollar, que aseguran su adecuado funcionamiento,  sostenibilidad y permanencia en el mercado.

La viabilidad técnica 

Estudia las posibilidades materiales, físicas y químicas, condiciones y alternativas de producir el bien o servicio que se desea generar con la iniciativa empresarial, verificando factores diversos como capacidad de producción, facilidad en la consecución de materias primas, impacto ambiental,  etc.


La viabilidad económica y financiera

Es la que mide la rentabilidad del negocio, el retorno de la inversión, es decir que genere las suficientes utilidades para que la empresa sea autosostenible en el tiempo para estos efectos se aplicarán indicadores, tales como, Valor presente neto, Tasa interna de retorno, relación costo beneficio, costo anual equivalente.


La viabilidad jurídica

 Hace referencia a la legalidad de la empresa, que su objeto social este dirigido hacia actividades lícitas y esté legalmente constituida durante su ejecución.


Genera y mantiene empleo productivo de manera directa.

Este punto hace referencia a la vinculación laboral de personal, para la puesta en marcha y ejecución del plan de negocio.


Garantiza la contrapartida en especie al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

Los emprendedores deben garantizar dentro del plan de negocio la contrapartida en especie al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para el cumplimiento de su misión.


Estructura y Coherencia del plan de negocio.

El plan de negocio debe garantizar la coherencia interna entre los antecedentes, estudio de mercado, justificación, resultados esperados y esquema de ejecución del presupuesto, así como los indicadores de gestión 


- Se integra con mini cadenas, cadenas productivas o clusters  de la región donde se desarrollará la actividad empresarial. 

Es decir, que la iniciativa empresarial forma parte de uno o varios procesos relacionados con alguna de las principales actividades económicas de la región y en la medida de lo posible, representa una alternativa de mejoramiento en el desarrollo de las mismas o se integra como un nuevo eslabón del a cadena. Por ejemplo: en la Sabana de Bogotá, una de las principales actividades es el cultivo de flores, cuya cadena de producción esta compuesta por diferentes empresas dedicadas a diferentes procesos; en primer lugar están los que cultivan las flores, estos se integran con empresas que suministran abonos y plaguicidas, posteriormente cuando se recogen las flores, requieren implementos para los trabajadores como tijeras, guantes y uniformes para los operarios, después necesitan abastecerse de empaques, para finalmente contratar servicios especializados de transporte que garanticen la entrega oportuna de las flores al consumidor final.
Dentro de esta cadena de producción, podría ingresar una nueva empresa que presente una alternativa de empaques biodegradables y reciclables, que permitan alargar la vida útil de la flor y evitar maltrato de la misma durante su transporte, convirtiéndose en un eslabón de esta cadena o cluster regional.


Demuestra compatibilidad con el desarrollo sostenible del país, mediante el planteamiento de alternativas que favorezcan la preservación del medio ambiente. 

Los planes de negocio que se presentan ante el FONDO EMPRENDER, deben identificar claramente el impacto que genera la empresa sobre el medio ambiente en el cual opera, en caso tal de que se afecte algún recurso natural, es necesario plantear alternativas que minimicen los efectos nocivos sobre el mismo.

En los casos a que haya lugar, los evaluadores solicitarán dentro del periodo de evaluación información aclaratoria y/o complementaria a los emprendedores, quienes tendrán un plazo de cinco (5) días contados a partir de la fecha de la solicitud, para aportar la información. De no recibirse la información y documentación solicitada en el término establecido, se entenderá que se ha desistido de la solicitud y el informe de evaluación hará referencia a esta situación. Este procedimiento se hará a través del Sistema de Información.
Los planes de negocio que no reúnan los requisitos establecidos, o cuya información sea inexacta o no verídica, o que sean presentadas por emprendedores que no cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del FONDO EMPRENDER, serán descalificados; en consecuencia, estos planes de negocio no serán evaluados.


- Concepto de viabilidad de los evaluadores. 

El concepto técnico incluido en los informes de evaluación, contendrá los análisis sobre cada uno de los aspectos evaluados y a manera de conclusión el término PLAN DE NEGOCIO VIABLE o PLAN DE NEGOCIO NO VIABLE, sustentado por su respectivo puntaje y argumentación técnica.

Los evaluadores presentarán para las propuestas viables, recomendaciones de ajustes al presupuesto, cronogramas, metas, indicadores y demás aspectos que se consideren necesarios. Los ajustes a las propuestas se deben realizar con el conocimiento y aceptación de los proponentes.

El Gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER, publicará la relación de planes de negocio VIABLES y NO VIABLES con la argumentación técnica, con el objeto de que los interesados presenten sus objeciones, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. El Gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER tendrá tres días (3) para dar respuesta a los interesados, ratificar, rectificar o modificar los resultados publicados.












ETAPAS PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DEL FONDO
EMPRENDER




Autores
Carlos Andrés Arango
Liliana Leguizamon
Jessica Ortiz
Dayra Pérez
Myriam vega




























viernes, 13 de mayo de 2011

fondo emprender



           




FONDO EMPRENDER



El Fondo Emprender fue creado por la Ley 789 de 2002 en su artículo 40, el Decreto No.934 de 2003, reglamento su funcionamiento y el Acuerdo No.0007 del 13 de Julio de 2004 estableció el reglamento interno, en el que como parte integral del mismo, fueron aprobados los manuales de operación y financiación.

Este artículo  establece la creación del Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad y tendrá como objetivo exclusivo financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el Estado de conformidad con la ley. En el caso de asociaciones estas tendrán que estar compuestas mayoritariamente por aprendices.




OBJETIVOS


Asignar recursos económicos en calidad de capital semilla a iniciativas empresariales que provengan y que sean desarrolladas por aprendices o asociaciones  entre aprendices, practicantes o  profesionales universitarios recién egresados.


BENEFICIARIOS

*  Aprendiz-alumno que haya finalizado la etapa lectiva o egresado de un curso de mínimo 500 horas

*  Estudiante de los dos (2) últimos grados de educación lectiva secundaria 

*  Estudiante de los dos (2) últimos semestres o que haya concluido materias en un programa de educación superior.

*  Profesional universitario, cuya obtención del título no supere los 12 meses.

La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa.  Las asociaciones deberán estar conformadas mayoritariamente por aprendices.



PRIORIDADES DEL FONDO


    Financiar proyectos provenientes de aprendices.
    Generar y sostener empleos directos en población vulnerable.
    Apoyar empresas en regiones con menor nivel de desarrollo.
 Vincular a los municipios y otros entes territoriales, mediante la celebración de convenios.
    Apoyar la productividad y competitividad del país.



MONTO Y CALIDAD DE LOS RECURSOS


Su presupuesto estará conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje regulada en el artículo 34 de la Ley 789 de 2002, así como por  aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías y recursos de fondos de inversión públicos y privados.

Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos colombianos, mayores de edad que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en cualquier región del país y que acrediten, al momento de la inscripción del plan de negocios, alguna de las condiciones estipuladas en el artículo 1° del Acuerdo 07 del 13 de julio de 2004. La presentación del plan de negocio podrá hacerse de manera individual o asociativa, en el caso de asociación ésta deberá estar conformada mayoritariamente por aprendices. 
  Se tendrán en cuenta como mínimo los siguientes criterios:

 * Número de empleos directos o indirectos generados con la iniciativa empresarial.

 * Estudio de mercado.

 * Sostenibilidad del proyecto.

 * Iniciativas empresariales que generen desarrollo en los departamentos y regiones con menor grado de crecimiento empresarial e industrial.

El plan de negocio contempla la información necesaria para evaluar un negocio y los lineamientos generales para ponerlo en marcha. En el proceso de realización de este documento se interpreta el entorno de la actividad empresarial y se evalúan los resultados que se obtendrán al accionar sobre ésta de una determinada manera, se definen las variables involucradas en el proyecto y se decide la asignación óptima de recursos para ponerlo en marcha.

El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el cien por ciento (100%) del valor del plan de negocio, siempre y cuando el monto de los recursos solicitados no supere los doscientos veinticuatro (224) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).

         Capital semilla, no reembolsable

     Si el proyecto requiere un monto mayor para su implementación, debe presentar en el Plan de Negocio la fuente de los recursos restantes.


RUBROS FINANCIABLES Y NO FINANCIABLES


FINANCIABLES

  • Los recursos asignados por el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo del plan de negocio, como adquisición de maquinaria y equipos relacionados con el proyecto, costos de constitución legal y licencias requeridas.
NO FINANCIABLES

   Compra de inmuebles, de bienes muebles no relacionados con el proyecto, adecuacione o remodelaciones, estudios de factibilidad, adquisición de automóviles, pagos de pasivos, compra de acciones, pago de regalías, formación académica, pago de participaciones en eventos, gastos de viaje.


CONTRAPARTIDA


         Impartir formación y capacitación en los Centros de Formación del SENA.
         Participar como conferencista en eventos organizados por el SENA.
         Desarrollar jornadas de sensibilización en emprendimiento.
         Multiplicar el conocimiento y experiencia adquirida en desarrollo del plan de negocio.
         Realizar la transferencia de tecnología adquirida.
         Compartir derechos de autor en caso de desarrollar proyectos innovadores.


CUESTIONARIO

 - Qué es el Fondo Emprender?

      R: Es una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad.

   - Cuál es su principal objetivo?

      R: Financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el Estado de conformidad con la ley.

  - Cómo está conformado el presupuesto del Fondo Emprender?

      R: Su presupuesto estará conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje regulada en el artículo 34 de la Ley 789 de 2002, así como por  aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías y recursos de fondos de inversión públicos y privados.

  - Quiénes pueden ser beneficiarios de los recursos del Fondo Emprender?

      R: Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos colombianos, mayores de edad que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en cualquier región del país y que acrediten, al momento de la inscripción del plan de negocios, alguna de las condiciones estipuladas en el artículo 1° del Acuerdo 07 del 13 de julio de 2004.

   - Qué criterios se tienen en cuenta para la financiación?

      R:

     * Número de empleos directos o indirectos generados con la iniciativa    empresarial.
     * Estudio de mercado.
     * Sostenibilidad del proyecto.
   * Iniciativas empresariales que generen desarrollo en los departamentos y regiones con menor grado de crecimiento empresarial e industrial.

   - Qué es un plan de negocio?

      R: El plan de negocio contempla la información necesaria para evaluar un negocio y los lineamientos generales para ponerlo en marcha.

   - Cómo se puede presentar el Plan de Negocio al FONDO EMPRENDER?

   - R: Los Planes de Negocio serán presentados de manera virtual a través de la página web del FONDO EMPRENDER (www.fonfoemprender.com).

   - Cuáles son los topes y montos de los recursos otorgados?

      R: El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el cien por ciento (100%) del valor del plan de negocio, siempre y cuando el monto de los recursos solicitados no supere los doscientos veinticuatro (224) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).

  -  Cuales son los rubros financiables por el proyecto?

    R: Serán utilizados para la financiación del capital de trabajo del plan de negocio, como adquisición de maquinaria y equipos relacionados con el proyecto, costos de constitución legal y licencias requeridas.


el emprendimiento es la base para crear un mundo mejor
el fondo emprender apoya a los emprendedores sea cual sea la actividad  a desarrollar.





AUTORES:
CARLOS ARANGO
MYRIAM VEGA
LILIANA LEGUIZAMON
JESICA ORTIZ
DAYRA PEREZ

FUNDACION DE ESTUDIOS SUPERIORES CONFANORTE (F.E.S.C)
PROCESOS ADUANEROS
2011